Con miras a la realización del VII Congreso Continental de Derecho Cooperativo, que se realizará del 20 al 22 de noviembre en Costa Rica, Cooperar (Confederación Cooperativa de la República Argentina) llevó adelante el Encuentro Nacional de Derecho Cooperativo junto con la Comisión de Asuntos Cooperativos, Mutuales y Organizaciones no Gubernamentales de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.
Los temas de debate giraron en torno a actos cooperativos (su recepción legislativa y jurisprudencial y los efectos en los distintos rubros de empresas sociales), derecho cooperativo comparado, capital cooperativo, supervisión estatal, el gobierno de las cooperativas y tratamiento tributario para el sector.
Como parte de las actividades propuestas, el presidente de Facttic, Leandro Monk, brindó la conferencia “Propuestas para la incorporación de la virtualidad en cooperativas, mutuales y federaciones”, junto a Rodrigo Pereira Mosquera, abogado de ODIA (Observatorio de derecho informático argentino).
“Debemos ser responsables de participar para tener una normativa que nos contemple”, dijo Leandro al inicio de la charla.
En tanto Ramiro, explicó la necesidad de señalar antecedentes que le dan sustento a la reforma que se pide: “De por si, En la Constitución Nacional y desde su artículo 1 que prevee la forma federal de gobierno, entendemos que la modificación a favor de la implementación de la virtualidad en la vida de las cooperativas y el mayor alcance territorial que implicaría esta implementación sería muy importante para el desarrollo del federalismo, no solo para los que hoy son miembros de cooperativas sino también para los diferentes actores que quieran incorporarse en el futuro”.
En esta línea, argumentó: “El Código Civil y Comercial, en su artículo número 158 inciso A, si bien prevee este ítem para personas jurídicas de índole privado, considera que sus actos administrativos y de deliberación pueden realizarse por cualquier medio que permita a los participantes comunicarse simultáneamente entre ellos. Entendemos que, claramente, las cooperativas, mutuales y federaciones podrían tener este mismo beneficio y estas facilidades”.
También explicó otros antecedentes que dan sustento a la reforma: la ley de firma digital (25.506), que introduce los conceptos de firma y documento digital y los equipara con la firma hológrafo y el documento manuscrito (lo cual permitiría también la implementación para cooperativas); la ley 27 349, otra previsión considerada para la vida privada de las sociedades comerciales, que prevee la posibilidad de constituirlas y de celebrar sus actos deliberativos y de gobierno a través de medios digitales, y fallos de la Corte Suprema, como el 33226/14, que resalta, en lo atinente a los actos cooperativos, los principios democráticos de igualdad entre los asociados, “los cuales, entendemos, se ven vulnerados si, por ejemplo, una asociada de una provincia muy lejana de donde está la sede social de la entidad en cuestión tiene que trasladarse o incurrir en gastos para poder ser parte de una reunión determinada”, dijo Pereira Mosquera.
A la hora de señalar los beneficios de esta implementación, el doctor indicó la reducción de costos en traslados, celeridad e inmediatez (no solo en reuniones o asambleas ordinarias sino también en cualquier reunión de urgencia que pueda necesitar cualquiera de estas entidades), y el incremento del alcance territorial, logrando más federalismo y motivación a nuevos actores que se encuentran lejos del domicilio social de la entidad
A su turno, Leandro Monk se centró en cómo se piensa desde Facttic el uso de la tecnología:
“tenemos una propuesta tecnológica porque entendemos que nos debemos un debate sobre hacia donde creemos que la tecnología va. En principio, no creemos que cualquier tecnología sea lo mismo, creemos que tenemos que pensar en tecnologías abiertas y seguras, y que dicha apertura garantiza la seguridad, la lógica de que muchos ojos ven mucho más que unos pocos. Por eso pensamos en tecnologías abiertas donde todos podemos estudiarlas y aprender cómo están realizadas, lo que nos da la posibilidad de plantear mejoras en caso de encontrar algún tipo de vulnerabilidad de seguridad”.
Con respecto a este punto central, Monk señaló: “Uno de los temas más críticos cuando hablamos de virtualidad es poder garantizar que solo estén reunidos los que se quieren reunir y solo se enteren lo que ocurre en ese momento los que están reunidos y no otros. En ese sentido, se desarrolló, y ya esta disponible en prácticamente todos los dispositivos móviles y de escritorio, la web RTC, una tecnología abierta, disponible para todos, que ya esta planteada para resolver este tipo de problemáticas, es decir, garantizar la seguridad en las comunicaciones de audio y video.”.
Para cerrar, Leandro destacó los desafíos de contar con una entidad certificante y el poder pensar esta problemática y la implementación de soluciones ágiles de manera integral